Jueves, 11 de Septiembre de 2025

Actualizada Miércoles, 10 de Septiembre de 2025 a las 09:46:59 horas

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Redacción

Los Suboficiales de Ciudad Real preocupados por la concurrida figura del Coordinador de Incidencias.

Tras hacerse cargo de la incidencia el suboficial en funciones de coordinador, y una vez impartidas las órdenes inmediatas en tiempo y espacio, debería residenciarse en el sustituto la responsabilidad de la continuación de las actuaciones en su demarcación respectiva, incluyéndose, claro está, la instrucción de diligencias en su Unidad y bajo su dirección

Comenzado por ASES el emplazamiento de suboficiales de cada una de las compañías territoriales pretendiendo el acercamiento al socio y oyendo de primera mano sus inquietudes, a la par que se procura información de los propósitos de la Asociación a corto y medio plazo a través de sus respectivas Delegaciones provinciales y autonómicas; la Delegación de Ciudad hace lo propio, habiendo llegado por el momento a las Compañías de Valdepeñas y Alcázar de San Juan.


De las reuniones, merece destacar la capacidad de convocatoria de ASES en atención al nutrido número de suboficiales que acuden al evento. Las sugerencias e inquietudes se presentan, en sendas compañías, en dos sentidos. De un lado la preocupación por los cometidos y/o funciones encomendados al suboficial en funciones de coordinador de incidencias y, de otro, las recientes órdenes impartidas desde las Compañías en el sentido de disponer que el suboficial al mando de Unidad grabe su servicio en SIGO, en estado de nombrado, con antelación al momento de su ejecución.


Sobre el primero, se debe entender que de la norma Decimoquinta de la Sección 4ª, O.G. 4/2010, apartado 3, opción b), bajo el texto Los Jefes de Operaciones, Capitanes de Compañía y Oficiales Adjuntos podrán establecer cupos o turnos de servicios a cubrir por los Mandos de Unidades subordinadas en sectores o áreas concretas de responsabilidad para ponerlos al frente de dispositivos operativos específicos o para garantizar la acción del mando (Suboficial de servicio o similar); nace la idea del Suboficial en funciones de Coordinador de Incidencias.


Las distintas normas impartidas sobre el particular desde la Comandancia hasta el encargado de su ejecución, el Suboficial coordinador, pasan por un amplio espectro de funciones que no hacen sino engrosar los cometidos que finalmente «debe» asumir.


Tal compilación conduciría necesariamente al Suboficial de servicio no sólo a asegurar la presencia de un primer escalón de mando en una situación operativa concreta y en una franja horaria determinada, adoptando las primeras medidas ante hechos o situaciones que consistieran en incidentes operativos graves que superen la capacidad de actuación de las Patrullas de servicio; sino que, a su vez, se pretende residenciar en la figura todo tipo de actuación que se derive de tal incidente (instruir las diligencias –Equipo de Atestados-, hacer las grabaciones en SIGO, y un largo etcétera).


Desde que reapareciera y cobrara singular fuerza la figura del «sustituto», con connotaciones retributivas y funcionales delimitadas, el coordinador funcional de incidencias pierde notorio sentido en pro del aducido sustituto, pues es en éste en quien recae (y así debería ser) el ejercicio de las funciones propias del Comandante de Puesto en las ausencias oficiales del mismo incluido el descanso semanal.


ASES entiende que tras hacerse cargo de la incidencia el suboficial en funciones de coordinador, y una vez impartidas las órdenes inmediatas en tiempo y espacio, debería residenciarse en el sustituto la responsabilidad de la continuación de las actuaciones en su demarcación respectiva, incluyéndose, claro está, la instrucción de diligencias en su Unidad y bajo su dirección.


A decir de reflejar en estado de nombrado en SIGO el servicio a prestar por el Comandante de Puesto (Jefe de Unidad) para la jornada siguiente, nada empece desde luego que conste en el sistema en estado de planificado, siempre entendido desde el respeto a la autonomía funcional ínsita en este mando a la hora de modificar el horario o particularidades de tal servicio adaptándolo a la nueva situación que pudiera acontecer. Dicho de otro modo, no es de recibo aplicar medidas disciplinarias alegando retraso o inexactitud cuando el mando de la Unidad estime la adecuación del horario de su servicio a circunstancias sobrevenidas.


Continuando el devenir de las reuniones, nuestro Delegado no ha evitado exigir a sus compañeros sacrificio y dedicación al ejercicio del mando con responsabilidad, liderando nuestras Unidades y siendo ejemplo permanente para nuestros subordinados.


Para terminar, los asistentes fueron informados de la reciente campaña iniciada por ASES, instituida bajo el eslogan «ningún suboficial sin estructural», y de otros asuntos de interés general.

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