El Ministerio de Hacienda fija en cuatro días anuales las ausencias médicas justificadas sin pérdida de retribuciones para los funcionarios
La aplicación a la Guardia Civil se fijara por una Instrucción del Director General, se supone que en los mismo términos que para el resto de funcionarios.
El Gobierno fijó en el decreto 20/2012, en vigor desde el 15 de julio, que los empleados verían reducido su salario en un 50% entre el primer y tercer día de baja y que este no superaría el 75% de lo que vinieran percibiendo hasta el vigésimo día. Con posterioridad, una enmienda del PP a los Presupuestos para 2013 estrechaba aún más el cerco contra el absentismo en la AGE. Los populares pretenden que en casos de ausencias por enfermedad o accidentes que no den lugar a situación de incapacidad temporal también se producirá un descuento del 50% del sueldo por cada uno de estos días. Si bien la Guardia Civil ya había eliminado estos días de "indisposición justificada" que no daban lugar a bajas, ahora pueden volver.
Si bien, la misma enmienda disponía que en el caso de la AGE, organismos y entidades de dependientes de la misma y órganos constitucionales, este descuento no se aplicará cuando el número de días de ausencia no superase "la cifra que se establezca por orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y con los requisitos y condiciones determinados en la misma". Ese número tope de ausencias por enfermedad se ha fijado en cuatro días, con lo que a partir del quinto una gripe o un accidente doméstico pueden llevar a un empleado público estatal a perder la mitad de su salario de ese día.
La aplicación a la Guardia Civil de la Resolución del Ministerio de Hacienda y este concreto número de días “no recuperables” por ausencias médicas justificadas deberá fijarse en una Instrucción del Director General que está pendiente de publicarse a la espera de la resolución que finalmente adopte el Ministerio de Hacienda.
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