Un guardia civil de seguridad ciudadana cobra más que un sargento con funciones de investigación o especialista de la ARS o USECI
ASESGC denuncia la incoherencia de los conceptos retributivos ligados a productividad, la inversión de la pirámide retributiva
![[Img #5560]](https://lapauta.es/upload/images/10_2025/7743_pj_seguridqd-ciudadana_980.jpg)
Esta inversión que denuncia ASESGC supone que un guardia civil de la Escala de Cabos y Guardias (ECG) del régimen general percibe más dinero en concepto de productividad y servicios extraordinarios que un suboficial en investigación, en la ARS o en una USECI y casi lo mismo que un suboficial comandante de puesto o jefe de destacamento de tráfico, por poner unos pocos ejemplos, pero afecta a todos los suboficiales. En cualquier organización, la jerarquía de las retribuciones supone que quienes ejecutan las tareas cobran menos que quienes las supervisan o controlan ya que se les exige mayor responsabilidad y una disponibilidad especial.
La configuración de las productividades del régimen general permite la retribución de los servicios extraordinarios (vacaciones retribuidas, DASR, DFR), con un máximo de 4 al mes por un importe de 80€ cada uno de ellos, mientras que estos servicios extraordinarios están vedados a todos los guardias civiles que perciben una productividad estructural distinta de la general (jornadas de 40 horas), como el personal de las USECIC o la ARS, por poner un par de ejemplos de personal de la Escala de Suboficiales que prestan servicio de seguridad ciudadana.
De la misma forma, este mismo personal no puede percibir una retribución por la realización de horas nocturnas, festivas y de especial significación. Además de estas retribuciones, la Escala de Cabos y Guardias del régimen general perciben la ERG2 por un importe del 23% de su CVE.
En definitiva, el importe total que supone la acumulación de conceptos retribuidos vía productividad y servicios extraordinarios en un guardia civil de seguridad ciudadana de la ECG supera a un sargento con funciones de investigación o especialista de la ARS o USECI y queda muy cerca de un comandante de puesto, rompiendo la jerarquía de las retribuciones.
Es lógico que quien hace nocturnos y festivos o trabaje en un día de especial significación los cobre, lo que no es lógico es que quien los haga no los cobre como le ocurre a los suboficiales, cuyo régimen de servicio de 40 horas les impide percibir estas retribuciones así como acceder a los servicios extraordinarios.
En la tabla se pueden ver las diferentes retribuciones que perciben los suboficiales en concepto de productividad en algunas situaciones del régimen especial (mando e investigación) y de unidades singulares operativas (ARS y USECIC), comparadas con un guardia civil de seguridad ciudadana de la ECG que percibe la ERG2, ICRES y servicios extraordinarios. Se ha tomado como referencia el CVE de un sargento/sargento 1º y el CVE de un guardia civil, actualizado con el importe de la nueva OG de incentivos al rendimiento. No se han incluido las sustituciones que pudiera realizar o los cambios de servicio nombrado, si existen (que es lo normal) modificarían al alza las retribuciones del guardia civil de la ECG del régimen general.
![[Img #5558]](https://lapauta.es/upload/images/10_2025/1256_noticia-cuadro-retributivo.png)
Jornadas de 40 horas semanales frente a jornadas de 37,5 horas (o menos)
Además de esta situación en términos absolutos, si tenemos en cuenta que hay una diferencia en el número de horas semanales realizadas en cada uno de las diferentes situaciones, 40 horas las estructurales y 37,5 horas en el régimen general (menos porque el cómputo de los DAS reducen de facto la jornada de trabajo), en términos netos la inversión de la pirámide retributiva se hace mucho más patente.







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