JORNADA Y HORARIO GUARDIA CIVIL
Propuestas que ASESGC defenderá para los guardias civiles con funciones de mando en la norma sobre jornada y horario
ASESGC como asociación exclusiva de la Escala de Suboficiales no está condicionada por los intereses de otras escalas.
El próximo grupo de trabajo sobre jornada y horario se celebra el día 30 de septiembre.
La Directora General Mercedes Gonzalez mostró su aprobación en el último Pleno del Consejo para que se iniciaran los trabajos para modificar la normativa sobre jornada y horario..
En la primera reunión de este importante grupo de trabajo celebrado el día 10 de junio, no se presentó ningún borrador, ni siquiera las ideas básicas sobre las que pivotara el Real Decreto que regule la jornada y el horario del personal de la Guardia Civil.
Desde la asociación de mandos intermedios quieren lanzar un mensaje de tranquilidad antes los últimos retrocesos provocados por una sentencia del TSJ de Madrid auspiciada por una asociación profesional que perjudica al personal con funciones de mando. Como siempre ha hecho, ASESGC defenderá con determinación los intereses de la Escala de Suboficiales para revertir esta situación. La experiencia acumulada y los cambios introducidos desde 2014 indican que es necesario evolucionar y cambiar conceptos obsoletos.
En ASESGC lo tenemos muy claro, estas son nuestras principales propuestas para la regulación de la jornada y el horario de los guardias civiles con funciones de mando y así lo hemos transmitido en un primer avance de nuestras posiciones a la Dirección General de la Guardia Civil:
- Cómputo real de la disponibilidad del personal con funciones de mando. Se deben de computar las 7 horas semanales de disponibilidad en todo caso, independientemente de las horas de actividad realizadas. Incluidos los segundos jefes.
- Referencia mensual de la jornada para todos los regímenes de prestación del servicio.
- 37,5 horas de jornada de servicio para todos los regímenes. Si se mantienen las jornadas de 40 horas deben compensarse el exceso de horas realizadas con 14 días deducibles anuales.
- Compensaciones económicas por superación de jornada. Las compensaciones en descansos han demostrado su ineficacia. Si se supera la jornada de referencia, las horas extra deben ser pagadas con un incremento del 75% sobre el valor de la hora ordinaria.
- Retribución de servicios nocturnos y festivos para todos los regímenes de prestación del servicio.
- Reconocimiento de los índices correctores para todos los regímenes de prestación del servicio.
- Sistema de cómputo de las guardias combinadas que distinga horas nocturnas y festivas. Actualización del cómputo.
- Regulación del Teletrabajo para el personal con funciones de mando, especialmente para aquellos con necesidades familiares y con reducción de jornada.
- Regulación de la desconexión digital que contemple el derecho a la intimidad familiar, a la protección de la salud mediante la garantía del descanso diario.
- Medidas de conciliación reales para los guardias civiles, sin limitaciones por el régimen de servicio.
Cualquier propuesta que el personal asociado quiera realizar sobre jornada y horario puede enviarla a info@asesgc.es para su valoración e incorporación en su caso a las alegaciones de ASESGC.
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