Domingo, 05 de Octubre de 2025

Actualizada Martes, 30 de Septiembre de 2025 a las 12:11:13 horas

Redacción | 9548

ASESGC solicita al Mando de Operaciones que apoye la retribución de los servicios nocturnos y festivos al personal del régimen especial de servicio

• ASESGC entrega un informe con las situaciones irregulares que ha recibido sobre los servicios de coordinación de los mandos en las compañías territoriales.

• La posibilidad de retribución de los servicios extraordinarios por días festivos y una nueva fórmula para el cómputo de las guardias combinadas también es objeto de debate en estos momentos.

• Guardias combinadas sin cómputo ni retribución, un abuso que ASESGC no va a consentir.

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ASESGC ha mantenido una reunión bilateral con el mando de Operaciones Territoriales de la Guardia Civil con el objetivo de tratar diversos temas del máximo interés para los suboficiales.

 

Grupo de trabajo sobre productividad

 

La Directora General en el Pleno del Consejo de la Guardia Civil del mes de marzo de 2025 decidió no tramitar la norma sobre incentivos al rendimiento que contaba con la frontal oposición de ASESGC, a la espera de llegar a un acuerdo con las asociaciones profesionales.  El día 7 de mayo se reúne el grupo de trabajo sobre incentivos al rendimiento para valorar los futuros cambios. La Asociación de Suboficiales plantea como máximas prioridades la retribución de los servicios nocturnos y festivos al personal de mando y de investigación (régimen especial) y la posibilidad de realizar servicios retribuidos por no disfrutar los días festivos.

 

En la reunión mantenida con el Mando de Operaciones, ASESGC ha pedido su apoyo en esta reivindicación en base a diversos argumentos como la inversión de la pirámide retributiva, los más de diez años transcurridos desde la aprobación de la normativa que regula esta cuestión  y las nuevas circunstancias existentes que reclaman una cambio adaptación de esta regulación.

 

En efecto, ASESGC considera y así se ha denunciado reiteradamente, que los conceptos que retribuye la productividad estructural (disponibilidad y 40 horas de servicio semanal) no pueden seguir abarcando nuevos conceptos de incentivos al rendimiento que se incorporan de forma natural al régimen general, excluyendo sistemáticamente al régimen específico en base a las peculiaridades de la función de mando o de investigación. No pueden hacerlo sin menoscabo de sus derechos retributivos y eso es lo que pone de manifiesto la asociación de mandos intermedios.

 

ASESGC también ha hecho llegar ya estas consideraciones al Mando de Personal de la Guardia Civil y aunque no se ha recibido una respuesta positiva, esperamos que se puedan lograr avances en estas cuestiones.

 

Informe sobre coordinadores de servicio, guardias combinadas encubiertas

 

ASESGC ha plasmado en un informe que ha entregado al Mando de Operaciones diversas irregularidades que se plantean en la aplicación de los coordinadores de servicios en algunas comandancias al amparo de la orden general de compañías y puestos. Esta información ha sido recibida a través de las delegaciones territoriales de ASESGC.

 

Destaca entre ellas la realización de guardias combinadas encubiertas sin cómputo horario y sin retribución alguna, como se realiza en diversas comandancias de Castilla y León, por ejemplo en Zamora. Los suboficiales que realizan este servicio de coordinación en fin de semana deben nombrarse tres servicios de ocho horas los viernes, sábados y domingos y tras estas horas de actividad, seguir de guardia por si son avisados de alguna incidencia en el núcleo operativo que requiera su presencia.  ASESGC ha pedido que a través de SIGO se constaten estos extremos y que se proceda a su anulación inmediata.

 

ASESGC también ha destacado durante la reunión y plasmado en su informe,  la falta de aplicación en la excepcionalidad de la prestación de estos servicios por los comandantes de puesto o la asunción de los cuadrantes a nivel compañía territorial.

 

El Mando de Operaciones se muestra extrañado ante ciertas cuestiones que se han expuesto y que se deben corroborar e interpretar en las próximas semanas para solucionarlas.

 

Recursos sobre el coordinador de servicios

 

Diversos asociados de ASESGC han presentado recursos individuales  al entender que las órdenes recibidas podrían ser  contrarias a la  Orden General 25/2023, sobre las Compañías y Puestos Territoriales de la Guardia Civil, ya que ésta establece una clara delimitación funcional y organizativa de las unidades territoriales. En este marco, la figura del Suboficial Coordinador se configura como un recurso organizativo excepcional, vinculado a necesidades operativas concretas, y limitado a ciertos núcleos específicos, de carácter suprapuesto o con especial densidad.

 

La planificación sistemática y continuada de servicios de jefe de turno asignados a suboficiales durante varios meses consecutivos desvirtúa por completo este carácter excepcional, convirtiendo lo que debe ser una solución puntual y singular en una práctica habitual y estructural.

 

Tal interpretación extensiva vulnera el principio de legalidad y jerarquía normativa recogido en el artículo 9.3 de la Constitución Española y el artículo 3 de la Ley 39/2015, al introducir una práctica administrativa no contemplada por la norma habilitante, ni desarrollada por resolución formal motivada.

 

Es necesario que los suboficiales reclamen sus derechos para poder hacer frente a esta situación, ante la dificultad de que ASESGC pueda hacerlo directamente al tratarse de un asunto del servicio según interpreta la Dirección General. Ante esta situación se desestima la solicitud por falta de legitimidad activa y no se debate el fondo del asunto.

 

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