REUNION COMISION TRAFICO ASESGC CON GENERAL JEFE DE LA ATGC
La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil continúa sin definir las funciones de sus suboficiales y prosigue la infravaloración en méritos para destinos y ascensos
• Sargentos y sargentos primeros coordinadores de COTA.
• Restitución de la figura del Suboficial Auxiliar de Material en los Subsectores.
• Brigadas/Subtenientes como Jefes de PLM en los Subsectores.
• Suboficiales en reserva para cometidos específicos.
La Comisión de Tráfico de ASESGC mantuvo una nueva reunión en el mes de diciembre de 2024 con la Jefatura de la Agrupación de Tráfico, acompañados por nuestro Suboficial Mayor.
Presidida por el Excmo. General de División Jefe de la ATGC participaron un Tecol por el Área de Operaciones, el Coronel de Recursos Materiales y un Tecol del Área de Recursos Humanos, así como otros miembros del Órgano Central de la especialidad.
El motivo por el cual ASESGC había interesado la reunión es la preocupación por la situación actual de la Escala en la especialidad, intentando impulsar varias propuestas con las que a pesar de haber conseguido el compromiso de esta Jefatura los años 2022 y 2023, hemos observado que no avanzan. Así como consolidar el apoyo en otros objetivos que, aunque son competencia de la Dirección General de la Guardia Civil, sin la implicación de los órganos centrales de la especialidad, no son posibles.
La versión extendida y detallada de esta reunión será remitida a todos los socios de ASESGC, si bien se resume en lo siguiente.
ASESGC ha expuesto las incidencias en la creación de las Segundas Jefaturas en las nuevas unidades de investigación de Seguridad Vial (UNIs), tanto en el procedimiento en curso de adaptaciones orgánicas, como el calendario para el desarrollo de las que faltan.
También se insistió en los efectos negativos de las fichas de méritos de suboficiales en la especialidad y la ficha cd3 de criterios de valoración para la evaluación para el ascenso.
Asumiendo que los órganos centrales de la Agrupación no son los competentes en la materia, en el año 2023 se les interesó auxilio para aunar esfuerzos y solventar las incidencias observadas por los asociados que están produciendo múltiples efectos negativos. Se explicó que a efectos prácticos, la redacción actual de ambas, conlleva que a los suboficiales destinados en la especialidad se nos valore menos nuestra antigüedad para conseguir destino y la misma suerte, para ascender.
Sobre las fichas de méritos para destino se reiteró lo ya explicado el año anterior, que en el 22 d) se ha pasado de necesitar para conseguir la antigüedad máxima en la especialidad de más de 12.000 días a algo más de 700 días, es decir, que a un componente que no ha cumplido la servidumbre en la especialidad, la puntuación máxima posible de antigüedad en la misma (25 puntos en el apartado 22d).
Identificados los problemas hay que pasar a las soluciones. Somos conocedores que éstas solo pueden emanar del Mando de Personal, atendiendo tanto a las alegaciones presentadas en los grupos de trabajo como en las propuestas que les remiten desde los órganos centrales de la ATGC. El General actual de la ATGC, se ha implicado en buscar una solución, encargando un estudio y comprometiéndose personalmente a remover estas incidencias.
Por otro lado, sobre la ficha cd3, criterios de valoración en las evaluaciones de los suboficiales, hemos explicado nuestro asombro, perplejidad y absoluto rechazo al observar la puntuación que se le otorga a los destinos de acuerdo con los criterios de valoración. Mientras ser Comandante de Puesto (Brig./Subte) o (Sgto./Sgto. 1º) le corresponde el coeficiente de 0,65 y 0,60 respectivamente, a los Jefes de Destacamento de cualquier empleo, le corresponde el 0,50. Estando incluso por debajo de los Comandante de Puesto Auxiliar, Segundo Comandante de Puesto Ordinario o Jefe de Área, a los que les corresponde 0,55. Para buscar el coeficiente que en la redacción actual le dan a un Segundo Jefe de Destacamento o de las Unidades de Investigación de Siniestros Viales (UNIs), hay que bucear en la ficha hasta el puesto 16, correspondiéndole un coeficiente de 0,35.
En esta minusvaloración sistemática que afecta tanto a los oficiales como a los suboficiales destinados en tráfico, donde la equivalencia entre comandancia, compañía y puesto con sector, compañía y destacamento ampliamente predicada y pacífica en la normativa vigente, no se observa en las valoraciones. Todas las premisas que se han llevado a cabo para la redacción de nuestras normas más trascendentes (jornada y horario, incentivos al rendimiento, mando y disciplina) no son tomadas en cuenta para valorar el ascenso. En esta materia, nos han informado que también han presentado alegaciones en el mismo sentido, habiendo observado que en las dos escalas pasa lo mismo.
ASESGC también propuso restablecer los puestos de trabajo de Brigada/Subteniente como Jefes de Plana Mayor de los Subsectores y Sargento/Sargento 1º como encargados de Material.
Se recordó que hasta el 2015 en todas las provincias estaban desplegados estos puestos de trabajo y a partir de ese momento por parte de la Jefatura de la ATGC se decidió extinguirlos para crear otros puestos que no afectaban a la escala de suboficiales.
Sobre la figura del Suboficial Auxiliar de Material a nivel Subsector, es una idea que están barajando para reforzar la gestión, unida con otras medidas, como a nivel Sector el Comandante de Personal y Apoyo. Por lo que todo indica que el despliegue de los suboficiales en la especialidad, volverá a contar con esos puestos de trabajo de responsabilidad.
En referencia a que se vuelvan a instaurar los Brigadas /Subtenientes en las Planas Mayores de los Subsectores, propuesta que también fue presentada el año pasado, se indica la prioridad de la Agrupación es finalizar el proyecto que afecta a los empleos de Brigada y Subteniente como Jefes de Destacamento y Segundas Jefaturas de Destacamento. Desde ASESGC se indicó que la dimensión actual del RD de Plantillas con 1000 nuevos puestos de trabajo de suboficiales en los cuatro empleos afectados, es una oportunidad para también restablecer esos puestos de trabajo que ya existían, máxime cuando la propia Jefatura ha observado la necesidad de implementar el control y gestión de los distintos procedimientos administrativos y de gestión existentes.
Propuestas de otras nuevas dotaciones de catálogo que afectan a la escala
ASESGC ha propuesto la creación de dotaciones de catálogo de suboficiales en los Grupos de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT), Equipos de Reconstrucción de Accidentes de Tráfico (EPRAT). Este cambio está condicionado al déficit actual de Brigadas y Subtenientes y no es viable en todos los Subsectores a corto plazo. Aunque si es posible en subsectores con más de 200 componentes, gestionados por Comandantes. En estos casos, se potenciarían las UNIs con un segundo Jefe de empleo diferenciado (Brigada/Subteniente), y los mandos de GIAT y EPRAT podrían ser asumidos por Sargentos/Sargentos 1º.
Hay un proyecto para que todos los COTAS estén al mando de un Sargento/Sargento1º. Sobre la forma de provisión de COTAS y GIAT sería por libre designación. Las vacantes saldrían y se gestionarían a nivel nacional, dejando de ser unos puestos de trabajo susceptibles a movilidad funcional organizada a nivel subsector.
Vacantes en reserva para suboficiales
ASESGC ha solicitado más vacantes en reserva dentro de la especialidad. En la ATGC, las han interesado y, al parecer, los puestos en situación de reserva irán orientados principalmente a la enseñanza, en coordinación con las Jefaturas Provinciales, según lo establecido por la Dirección General de Tráfico. Para cubrir estas necesidades, se ha solicitado al MAPER un incremento de vacantes, especialmente para sargento/sargento1º, dado que estos empleos se encuentran en mayor déficit. La propuesta impulsada por la ATGC busca garantizar al menos un suboficial en reserva por Subsector.
Definición funciones de los suboficiales que ostentan las Segundas Jefaturas y de los suboficiales que no ejercen mando de Unidad
Desde ASESGC llevamos varios años insistiendo en que se definan las funciones a desarrollar por los suboficiales en la especialidad, desde cuestiones tan sencillas como las funciones a desarrollar por los que ostentan las Jefaturas de las Unidades (primer y segundo jefe) como desgranar las que deben realizar aquellos que no ostentan mando, todo ello desde la perspectiva de las cualificaciones específicas de dirección que les caracterizan (TRD Nivel B y TRA Nivel B).
Ante esta iniciativa de ASESGC en el 2022 la ATGC indicó que contaban con una hoja de ruta mediante la cual se definirían las funciones desde los Jefes de Sectores hasta los Cabos. En 2023, se refrendó dicho compromiso, habiéndose interesado de esta Comisión de Tráfico de ASESGC la participación activa para ello y así se hizo remitiendo un borrador de trabajo completo el 15 de diciembre de 2023.
Ha pasado un año y hemos podido constatar que la situación se encuentra en el mismo punto que lo dejamos. Persiste el compromiso, si bien se evidencia que no ha ocupado ninguna de las páginas de la agenda del 2024. Existe un compromiso para la reunión que próximamente tienen planificada con los Jefes de Subsector en Merida, para que se impulsen dichas funciones. La ATGC tiene claro que el mando de Unidad lo componen el primer y segundo jefe. Punto de partida para definir el resto de funciones que afectan a la Escala. Tal y como se comprometieron con ASESGC en el año 2023, se definirán mediante un procedimiento de servicios.
Máster en Seguridad Vial para Suboficiales
ASESGC ha solicitado que el acceso al Máster en Seguridad Vial se amplíe más allá de la escala de oficiales, permitiendo la participación de suboficiales bajo los mismos requisitos exigidos a personal ajeno a la ATGC, como militares, policías de otras instituciones y funcionarios (grado o superior). ASESGC insiste en que una formación de calidad aplicada de manera práctica es fundamental para optimizar la especialidad.
Por último, hacer constar que el pasado día 06 de diciembre (festivo nacional, día de la Constitución), ha sido publicada Ley Orgánica 6/2024, ampliando las competencias estatutarias de la Policía Foral de Navarra a la función de vigilancia y control de Tráfico y ejecución de la legislación estatal. Otra Comunidad Autónoma, en la que la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil deja de prestar servicios, por cuestiones ajenas a la excelencia en el mismo.
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