¿Qué suboficiales pueden solicitar vacantes en reserva?
Se han ampliado los supuestos en los que se pueden solicitar vacantes en reserva desde servicio activo.
Los plazos de solicitud de estas vacantes son de 10 días hábiles para las vacantes de libre designación (finaliza el plazo el día 19 de noviembre de 2024) y un mes para las vacantes de concurso de méritos (finaliza el plazo el día 9 de diciembre de 2024).
La publicación el día 5 de noviembre de vacantes para el personal en situación de reserva ha generado ciertas dudas sobre qué suboficiales pueden solicitarlas cuando no se encuentran en esta situación administrativa, dadas las recientes modificaciones del reglamento de destinos al respecto.
La modificación del Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto que se ha llevado a cabo el 15 de mayo de 2024 amplia el número de supuestos en los cuales el personal de la Guardia Civil puede solicitar vacantes en reserva. Paralelamente se ha modificado el procedimiento para continuar en servicio activo que se contempla en el artículo 47 Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de guardia civil y de situaciones administrativas del personal de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 728/2017, de 21 de julio.
Personal que tiene concedida la continuidad en servicio activo
La primera modificación es que se pueden solicitar vacantes en reserva por parte del personal que tiene concedida la continuidad en servicio activo. Es decir, suboficiales que ya han cumplido 58 años y le ha sido concedida la continuidad en servicio activo y están ocupando un destino en esta situación administrativa.
Vacantes en reserva anunciadas dos meses antes de cumplir 58 años
La segunda modificación consiste en que el personal en activo puede solicitar las vacantes de reserva anunciadas durante los dos meses previos a la fecha reglamentaria de su pase a esta situación, es decir a los 58 años. En el caso de las vacantes en reserva anuncias el día 5 de noviembre de 2024 (BOGC número 47), pueden solicitar estas vacantes en reserva quienes cumplan 58 años hasta el día 6 de enero de 2025.
Quienes obtengan vacantes en reserva desde activo pasaran de oficio a esta situación administrativa
En el caso de que tenga solicitada la continuidad en servicio activo o ya la tenga concedida, quedará sin efecto, o su solicitud se entenderá desistida, para quienes obtengan una vacante para personal en reserva solicitada voluntariamente. En estos casos, el pase a esta situación se realizará de oficio y su efectividad coincidirá con la del destino asignado. Si no obtiene la vacante en reserva solicitada todo sigue igual, su solicitud de continuidad sigue su curso o la que ya ha sido concedida continúa en vigor.
Anteriormente, solo podían solicitar vacantes publicadas para personal en reserva quienes tuvieran previsto el pase a esta situación “por llegar a la edad máxima permitida en situación de activo, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de publicación de la resolución de anuncio”, es decir dos meses antes de cumplir los 60 años.
Los diversos supuestos que se consignan en la resolución de publicación de vacantes de reserva del día 5 de noviembre y que parecen solaparse, obedecen a la diversidad de situaciones administrativas en reserva entre suboficiales y oficiales.
Los plazos de solicitud de estas vacantes son de 10 días hábiles para las vacantes de libre designación (finaliza el plazo el día 19 de noviembre de 2024) y un mes para las vacantes de concurso de méritos (finaliza el plazo el día 9 de diciembre de 2024).
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