El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía da vía libre judicial a la prestación de los servicios de coordinación e impulso por los comandantes de puesto
• El recurso presentado por ASESGC contra los “servicios hélice” en Jaén ha resultado desestimado.
• La Asociación de mandos intermedios acudirá en amparo al Tribunal Supremo.
Es ya largo el camino que la asociación de suboficiales ha recorrido presentando una firme oposición contra los servicios rutinarios de los comandantes de puesto sea cual sea la denominación o forma que adopten.
Uno de ellos fue el iniciado por ASESGC en Jaén contra los denominados “servicios hélice”. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta ciudad dictó el 26 de octubre de 2021, sentencia desestimatoria del recurso interpuesto por ASESGC contra la resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, Mando de Operaciones Territoriales, Zona Andalucía , desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución del Teniente Coronel Jefe de la Comandancia de Jaén que desestima su pretensión de dejar sin efecto las instrucciones sobre coordinación, impulso y control de servicio de la delincuencia en dicha Comandancia que de forma reiterada y rutinaria le vienen siendo nombrados, denominados "servicios hélice".
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma esta sentencia y da por buena la lacónica y ambigua fundamentación de que "La prestación del servicio se basa en su categoría de oficial de mando, no por ser comandante de Puesto, pues la categoría de Sargento le otorga mayor capacitación para llevar a cabo la prestación del servicio de coordinar y dirigir y no dentro necesariamente del territorio del puesto del que se es comandante".
Con esta resolución se agota la vía judicial y se da vía libre a la Dirección General de la Guardia Civil para la implantación generalizada de forma rutinaria de este tipo de servicio de coordinación e impulso fuera de la demarcación de la que es responsable el comandante de puesto.
Tanto es así, que en el pleno del Consejo del próximo día 14 de diciembre se dará luz verde a la nueva orden general sobre compañías y puestos, apuesta personal del mando de Operaciones Territoriales, que regula el establecimiento de estos servicios a los mandos de las unidades en el marco de la compañía territorial.
A pesar de todos los esfuerzos de ASESGC tanto en la vía interna como en la judicial, no se ha conseguido parar esta nueva forma de organización del servicio que duplica funciones aumentando la carga de trabajo, reduce los descansos y la conciliación laboral y familiar de los jefes de unidad territorial y que supone un giro copernicano en la concepción del Puesto territorial con graves consecuencias para sus jefes.
Es intolerable que este cambio tan profundo se realice sin tocar la estructura territorial actual y sin aumentar la plantilla de los mandos en los puestos y compañías, manteniendo un responsable al frente del puesto territorial con disponibilidad permanente para el servicio que a la vez se hará cargo de estos nuevos servicios rutinarios en el ámbito de la compañía. Un retroceso sin precedentes en los derechos profesionales de estos mandos que tira por tierra todos los avances conseguidos para los comandantes de puesto en los últimos quince años.
Mientras no se lleve a cabo una reorganización territorial y el puesto mantenga su concepción y despliegue actual y no se aumente la plantilla de mandos, ASESGC seguirá luchando por eliminar para los jefes de unidad y regular adecuadamente para el resto de mandos en seguridad ciudadana la figura del coordinador o impulsor del servicio en el ámbito de la compañía, defendiendo así uno de los valores fundamentales de esta asociación como es la realización de funciones directivas y ejecutivas de mando para todos los suboficiales en condiciones dignas, de tal forma que la responsabilidad que surge de esas funciones respete el derecho al descanso, no aumente la jornada de trabajo y no se debilite la conciliación laboral y familiar.
ASESGC recurrirá la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sobre los “servicios hélice” ente el Tribunal Supremo y abrirá una nueva vía judicial con el recurso a la nueva orden general de compañías y puestos que se aprobará el próximo día 14 de diciembre en el Pleno del Consejo de la Guardia Civil. Estas acciones se llevarán a cabo por la asociación de mandos intermedios sin perjuicio de mantener abierta la vía del diálogo con la Dirección General del Cuerpo para que se regulen adecuadamente y de forma homogénea las funciones de los mandos que realicen estos servicios, dedicándose exclusivamente a la coordinación o el número de ellos que pueden prestarse, de tal forma que no se resienta la autonomía y la forma de prestación, pudiendo combinar periodos de localización, entre otras cuestiones.
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