Sábado, 06 de Septiembre de 2025

Actualizada Martes, 02 de Septiembre de 2025 a las 12:33:19 horas

Redacción | 5848

El Mando de Operaciones corrige la interpretación de varias comandancias que exigían 40 horas de actividad presencial a los comandantes de puesto

ASESGC realizó una queja por algunas interpretaciones sesgadas que anulaban el cómputo de la disponibilidad del personal con funciones de mando.

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El Mando de Operaciones de la Dirección General de la Guardia Civil ha recordado a las unidades subordinadas, mediante escrito dirigido a las Zonas que: Los Comandantes de Puesto están incluidos en el régimen especial de funciones de mando, con una jornada de servicio de 40 horas semanales en cómputo trimestral, de las cuales, al menos 33 serán presenciales (excepcionalmente de prestación combinada) y 7 para atender “a la disponibilidad de su cargo”, tal y como figura redactado en el artículo 43 de la OG 11/2014, de 23 de diciembre, de jornada y horario, lo que conlleva que, como se ha venido haciendo desde la entrada en vigor de la citada normativa, dicho personal debe alcanzar las 40 horas de servicio asegurando, para ello, que se planifiquen y nombren las 33 horas de actividad presencial.

 

Queja de ASESGC

 

Algunas comandancias habían hecho una interpretación sesgada y ordenado a sus unidades subordinadas que los comandantes de puesto se debían planificar 40 horas semanales de actividad, cuando realmente la instrucción que dio el Mando de Operaciones fue que, si este personal se quedaba por debajo de las 33 horas de actividad semanal, SIGO no añadía las 7 horas de disponibilidad y, por tanto, no llegaban a alcanzar las 40 horas semanales de la jornada de trabajo establecida.

 

Ante esta situación, ASESGC se vio obligada a realizar una queja ante la Dirección General del Cuerpo para la correcta aplicación de la normativa que regula la jornada y el horario del personal de la Guardia Civil. En el informe del Servicio Jurídico de la Asociación de Suboficiales, quedó de manifiesto la incorrecta interpretación de algunas unidades en un asunto tan trascendental como es el cómputo de la disponibilidad al ponerlo en relación directa con el derecho a la desconexión digital.

 

Agradecemos al Mando de Operaciones del Cuerpo la rapidez en la corrección de las interpretaciones que no se ceñían al espíritu de la norma.

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