La Guardia Civil indiferente ante la preocupación por la reorganización de Fiscal y Fronteras en Cataluña, País Vasco, Ceuta y Melilla
• Pasa el rodillo en el grupo de trabajo sobre Fiscal y Fronteras, no atiende ninguna alegación
• Falta de información y máxima incertidumbre sobre la reorganización de la especialidad
Se ha celebrado en el Centro de Coordinación y Vigilancia Marítima (CECOGVIGMAR) en la Dirección General de la Guardia Civil una tercera y última reunión del grupo de trabajo “Fiscal y Fronteras”, a la que han asistido representantes de Estado Mayor, Cecir y Jefatura Fiscal y Fronteras, así como de las Asociaciones con representación en el Consejo de la Guardia Civil.
La reunión se basó en las alegaciones presentadas por las Asociaciones al borrador sobre la modificación de la O.G. 21/2021 de 9 de septiembre por la que se regula la especialidad de Fiscal y Fronteras de la guardia civil.
Prima el destino en fiscal y fronteras sobre la función realizada
Se modifica la disposición adicional cuarta añadiendo el requisito de: “desarrollando cometidos y/o funciones propias de la especialidad”, para reconocer la cualificación específica FFD o FFB, según corresponda.
Este apartado ASESGC solicitó que se añadiera: “independientemente de la Unidad o denominación en que se encuadren”, con la intención de que primara la función efectivamente realizada con independencia de la denominación de la unidad concreta, la alegación no fue aceptada. La intención de la Dirección General es restringir al máximo el reconocimiento de las cualificaciones específicas.
En este sentido, ASESGC se interesó por las cualificaciones que se han quitado y que previamente habían sido reconocidas a diverso personal precisamente por la función realizada sin que hubiera existido destino en Fiscal y Fronteras. La Administración se escuda en que ya ha sido aclarado, cuando en realidad modificó la resolución de concesión argumentando un error, resolución que tiene recurrida ASESGC por no ajustarse a derecho.
La Dirección General no aporta datos en el seno del grupo de trabajo sobre el personal que tiene en la actualidad el reconocimiento de la cualificación específica de Fiscal y Fronteras, por escalas, empleos, comandancias, etc., datos que permitirían conocer el alcance de las modificaciones propuestas y las necesidades de la administración. Al parecer supondría un sobreesfuerzo de trabajo y no hay ni simulación al respecto.
Reconocimiento generalizado para el personal de Cataluña, País Vasco, Ceuta y Melilla
Se añade un nuevo apartado 4 para reconocer la especialidad de Fiscal y Fronteras al personal que se encuentre ocupando puestos de trabajo en unidades dependientes de la Zona de Cataluña y la Zona del país Vasco así como en los Centros de Coordinación de vigilancia marítima, pero siempre que como consecuencia de la entrada en vigor de la Orden General se modifique su puesto de trabajo a uno propio de la especialidad de fiscal y fronteras, debido todo ello al cambio de las funciones a desarrollar por estas unidades.
La efectividad de estos cambios vendrá determinada, en todo caso, por la vigencia de los nuevos puestos de trabajo aprobados por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR) tras la aprobación del correspondiente expediente de modificación de Catálogo.
Para reste personal, ASESGC propone que el texto refleje que se trataría del personal que haya ocupado o se encuentre ocupando puestos de trabajo “o en comisión de servicio por ascenso”. No es aceptado.
Se añade un nuevo punto 5 para reconocer al personal que se encuentre ocupando puestos de trabajo en las Compañías de Ceuta y Melilla, se le reconocerá de oficio la cualificación específica FFD o FFB, según corresponda.
Es decir, se va a reconocer la cualificación de oficio a todas las Compañías de Ceuta y Melilla, pero se trata de cualificaciones no de puestos de trabajo. Por tanto, se otorgarán las cualificaciones a todos pero no todo el mundo estará en Puestos Fiscales, y se incide en que se ignora como se va a articular el paso del personal de Ceuta y Melilla.
En principio habría dos posibilidades. Una sería cesar a todo el personal y publicar un concurso restringido y, la segunda, publicar un concurso abierto a nivel nacional, pero no hay una directriz clara del alcance de la reorganización.
Falta de información sobre la reorganización y anuncio de vacantes
Ante la incertidumbre que están generando con la previsión de una reorganización de la Guardia Civil en estas comunidades autónomas, se volvió a demandar información al respecto, y sorprendentemente la Guardia Civil hoy en día desconoce el alcance de la reorganización, la publicación de vacantes, etc., sigue estudiándose.
En cuanto a la situación de los Suboficiales tanto en País Vasco y Cataluña como en Ceuta y Melilla, insiste la administración en la ausencia de perjuicios para ellos ya que aquellos que actualmente no son jefes serán jefes de área. Aunque la Guardia Civil reconoce, una vez más, que no se sabe el alcance real de la reorganización.
Equipos Pegaso
Se añade un nuevo punto 6 para reconocer de oficio la cualificación específica FFB al personal que haya prestado servicio en los Equipos Pegaso al menos durante un año, dentro del periodo comprendido entre la creación de estos equipos y la entrada en vigor de la orden. Este reconocimiento no generará derecho retroactivo alguno sobre los puestos de trabajo que se encuentren ocupando o hayan ocupado.
La 126ª promoción de acceso a la Escala de Cabos y Guardias no tendrá reconocimiento de la cualificación porque la disposición adicional cuarta preveía situaciones anteriores, en todo caso deberán hacer un curso para acceder a la cualificación FFB y por supuesto conllevaría servidumbre, se trata de 213 efectivos en prácticas en unidades fiscales de los cuales sólo 119 hicieron el curso de especialización, al resto no se les va a reconocer de oficio puesto que sería un agravio comparativo.
Se niega el reconocimiento a las funciones similares
En cuanto a los COC/SIVE (sistema integrado de vigilancia exterior), no habrá reconocimiento, reiteran que se trata de dos herramientas reguladas y sin identidad con las misiones Fiscal y Fronteras, algo inexplicable cuando precisamente su misión es la de vigilancia del litoral.
A los centros de coordinación policía y aduanera (CCPA) no se les reconocerá la cualificación por estar regulados en una Norma Técnica y su dependencia de Secretaría de Estado de Seguridad, primando una vez más la denominación de la unidad sobre la función efectivamente realizada.
Para el personal de la especialidad del Servicio Marítimo tampoco habrá reconocimiento ya que, según argumenta la Dirección General, tienen su Orden General propia la 25/2021 y no hay identidad de competencias. ASESGC había indicado la conveniencia de que el personal del Servicio Marítimo obtuviera esta cualificación específica debido a las funciones que realizan. Tampoco habrá reconocimiento de la especialidad de Fiscal y Fronteras para el personal de aquellos puestos cercanos a aeropuertos No se les va a reconocer la cualificación porque además realizan funciones diversas.
En definitiva, la administración por un lado ha cerrado el grifo a los reconocimientos pese a que se realicen funciones de la especialidad y por otro lo abre de forma indiscriminada en Cataluña, País Vasco, Ceuta y Melilla, Mantiene en la más absoluta incertidumbre a los guardias civiles afectados por la reorganización, peor no se puede hacer.
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