Penúltima oportunidad para homologar la formación de la Guardia Civil, y dejar de ser una policía de segunda categoría
ASESGC presenta alegaciones a los planes de estudios de formación para la incorporación a la Escala Básica y a la escala de Suboficiales.
Se encuentra próxima la aprobación de las normas relativas a los planes de estudio de la formación para la incorporación a la escala de cabos y guardias y de suboficiales de la Guardia Civil. Dichas normas habían sido diseñadas originalmente para cumplir con las necesidades curriculares de los niveles de grado medio y grado superior de formación profesional.
Por ello, ASESGC ha presentado alegaciones a su redacción, con el fin de aumentar la eficiencia y eficacia de la normas proyectadas, al momento en que la posible, futura y necesaria reforma de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, establezca que los currículos de las enseñanzas de formación para las escalas de cabos y guardias y de suboficiales, se encontrarían enmarcadas en los niveles 1 y 2 del Marco Español de Cualificación para la Educación Superior. Dichos niveles se corresponderían con los definidos para los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, para la escala de cabos y guardias, y de Graduado universitario, para la escala de suboficiales.
Por otra parte, las mencionadas aportaciones de ASESGC, aspiran a coadyuvar en la adaptación del plan de estudios, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.8 de la Constitución Española, en tanto en cuando los poderes públicos han de homologar el sistema educativo relacionado con las funciones públicas referidas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Sirva como precedente y referencia, de cuan necesaria es la homologación mencionada, al advertir como más adelante se pone de manifiesto, la divergencia absoluta entre el sistema educativo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que, con competencias comunes y cometidos similares, reciben formación curricular con muy distinto reconocimiento académico. Dicha divergencia, es especialmente patente con respecto a la formación recibida por los integrantes de la Policía Nacional, los cuales son tratados como una POLICÍA DE PRIMER NIVEL EUROPEO, acercándose a la formación policial de Gran Bretaña o Noruega, mientras los integrantes de la Guardia Civil, especialmente los integrantes de las escalas de cabos y guardias, y de suboficiales, son tratados como “POLICÍAS DE SEGUNDA CATEGORÍA”.
En el sentido expuesto anteriormente, puede observarse el contenido de la Carta de Servicios de la Escuela Nacional de Policía, cita expresamente:
“Terminada la fase de oposición para ingresar en la categoría profesional de Policía, la ENP imparte a las personas seleccionadas un curso selectivo de formación técnica.
Este curso, de carácter selectivo e irrepetible, y un módulo de formación práctica en el puesto de trabajo, deben ser superados a fin de obtener el nivel de profesionalización requerido para la categoría a la que aspiran.
La formación está configurada de tal modo que es, a su vez, el punto de partida del plan de estudios elaborado para la Escala de Subinspección, al estar confeccionado éste como un Grado universitario (con sus correspondientes cuatro cursos, hasta cumplir con los 240 créditos exigidos por la normativa universitaria), siendo el curso de ingreso en la categoría de Policía el primero de los cursos del Grado universitario; el periodo de formación en prácticas, el segundo curso; el curso de formación profesional para el ascenso a la categoría de Oficial de Policía (más la experiencia profesional), el tercer curso; y el curso de ascenso a la categoría de Subinspector/a (más el trabajo fin de grado), el cuarto curso de Grado.”
A la vista del punto de partida, los planes de estudios que incluyeran las aportaciones presentadas por ASESGC permitirían que el guardia civil completara a través de los dos cursos lectivos diseñados al efecto (con una carga global de 120 ECTS, propia del título de Técnico Superior) el primer curso del currículo del nivel de Grado universitario como suboficial de la Guardia Civil, con 60 ECTS de una carga lectiva total de 180 ECTS. Cursando por su parte quien egrese y acceda a la escala de suboficiales, durante los dos cursos de su enseñanza de formación, los 120 ECTS restantes del nivel de Grado universitario al efecto. Sin olvidar en ningún momento, que de ser mayor la reforma de la Ley de Personal, el objetivo lógico de la homologación de la formación entre las FCSE es que el currículo de la enseñanza de formación del Suboficial se constituya por un nivel de Grado universitario de 240 ECTS.
La ciudadanía merece que los integrantes de la Guardia Civil reciban una formación, al menos, homologada a la que reciben los integrantes de la Policía Nacional, y en consonancia con la formación al alza que se recibe por los Cuerpos Policiales más avanzados de Europa. La mayor formación de los guardias civiles es una garantía para los derechos y libertadas de la ciudadanía a la que sirven.
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