Lunes, 15 de Septiembre de 2025

Actualizada Miércoles, 10 de Septiembre de 2025 a las 09:46:59 horas

Redacción | 3403

ASESGC considera ilegal la modificación de las condiciones del curso de acceso a la escala de suboficiales

ASESGC pone a disposición de todos los sargentos alumnos integrantes de la XLI promoción de acceso a la Escala de Suboficiales la instancia elaborada para su presentación individual.

Nos encontramos ante una fase del proceso en la que se han generado una serie de derechos que no pueden ser modificados unilateralmente por la Administración sin sujeción al procedimiento legalmente establecido.

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El servicio juridico de ASESGC, ha elaborado un recurso contra la Resolución de 27 de abril de 2020, de la Jefatura de enseñanza por la que se modifica la Resolución de 26 de abril de 2019, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso por el sistema de promoción profesional en la modalidad de promoción interna en el centro docente de formación de la Guardia Civil para la incorporación a la Escala de Suboficiales.

 

La citada resolución, adapta la realización del periodo de formación restante del curso de acceso a la Escala de Suboficiales a las circunstancias fácticas derivadas de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19. En concreto, suspende la actividad educativa presencial, sustituyéndola por la modalidad “on line”, tras la publicación del Real Decreto 463/2020 y el cierre de los centros docentes por el Mando de Personal; modifica el calendario docente en los términos indicados en el acto administrativo que nos ocupa, así como el régimen económico al que quedan sometidos los alumnos, privándoles de las indemnizaciones que el ordenamiento jurídico reconoce.

 

El servicio juridico de ASESGC entiende que la modificación de las bases de la convocatoria en esta fase de realización del curso vulnera el principio de seguridad jurídica en relación con los actos consentidos y firmes, así como los de buena fe y confianza legítima.

 

La consecuencia de todo ello, según se sostiene en la petición de la instancia, es que la Resolución de la Excma. Sra. Directora General de la Guardia Civil, de 27 de abril de 2020 debe ser revocada por haber sido dictada prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido.

 

El servicio juridico de ASESGC dará soporte técnico de abogado y el procurador correspondiente a todos los afiliados o preafiliados para el proceso contencioso administrativo que se iniciará como consecuencia de estas solicitudes individuales.

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