ASESGC plantea en el Congreso aumentar las penas del delito de atentado a agente de la autoridad
Agredir a un agente de la guardia civil en el ejercicio de sus funciones supone, con el código penal actual, una pena de seis meses a tres años
Aprovechando la modificación del código penal que plantea el Gobierno, ASESGC ha trasladado al portavoz de interior del Grupo Socialista en el Congreso, David Serrada, la conveniencia de considerar autoridad diferenciada, a efectos penales, a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad.
La modificación del artículo 24 del código penal en los términos planteados por ASESGC, supondría aumentar la pena mínima del delito de atentado de seis meses a un año y la máxima de tres años a seis años.
El Código Penal distingue entre autoridad y agente de la autoridad, otorgando a los primeros mayor protección penal. Entre estos se encuentran los miembros del Congreso de los Diputados, del Senado, de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y del Parlamento Europeo, jueces, magistrados y los funcionarios del Ministerio Fiscal, entre otros.
ASESGC cree necesario proteger el principio de autoridad, representado en las personas pertenecientes a las fuerzas y cuerpos de seguridad en el ejercicio de sus funciones.
El aumento de sujetos pasivos con la consideración de agente de la autoridad, experimentado en los últimos años, como profesores y médicos, ha desnaturalizado el concepto primigenio reservado a las fuerzas y cuerpos de seguridad. No se puede sancionar con la misma pena al alumno que agrede a un profesor o al familiar de un paciente que ejerce violencia contra un médico, que a la persona que acomete violentamente a un guardia civil o a un policía en el ejercicio de sus funciones. Estos últimos, tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, están legitimados para el uso de la fuerza incluso con armas si fuera necesario.
Ante la reforma del Código Penal, abogamos por la consideración de autoridad a los agentes, para que les otorgue mayor protección ante quienes desconocen el principio de autoridad que ostentan los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad.
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