La valiosa utilidad del reconocimiento de la equivalencia al título de Técnico Superior como Suboficial de la Guardia Civil
La aprobación por parte de las autoridades educativas de la implantación del Grado Universitario Oficial en Gestión de la Seguridad Pública, por parte de la Universidad Carlos III de Madrid, a través de su centro adscrito, el Centro Universitario de la Guardia Civil, ha culminado el proceso de asignación de Grado Universitarios con destino a los egresados para el acceso a la Escala de Oficiales.
En concreto, el mencionado Grado en Gestión de la Seguridad Pública, prevé el reconocimiento de los estudios previos (acceso a la escala de Suboficiales) y actividad profesional, en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio , por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y el Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre el reconocimiento de estudios de ámbito de la Educación Superior.
Esta última norma, que por analogía administrativa reconocerá los estudios previos cursados para ser Suboficial, toma como base el nivel de Técnico Superior de Formación Profesional, y por lo tanto, en el ámbito de la enseñanza de la Guardia Civil, cabría referirse a la equivalencia al título de Técnico Superior de Formación Profesional obtenido en el curso de Suboficial.
El asunto que no es baladí pues entre los futuros requisitos para el acceso por promoción interna a la Escala de Oficiales, se encuentra el equivalente a Técnico Superior de Formación Profesional, obtenido como Suboficial, y que cumpliendo tal condición, la misma equivalencia conllevará reconocimiento de créditos ECTS junto a la experiencia profesional, hasta completar los 120 ECTS previos necesarios para la participación en los procesos selectivos a la Escala de Oficiales, en su modalidad de promoción profesional-promoción interna.
Por todo ello, se hace necesario poner en conocimiento de todos los Suboficiales que, tanto por el posible cumplimiento de los requisitos para el acceso a estudios universitarios de Grado, como para el reconocimiento de créditos en los mismos, es extremadamente aconsejable, cuando no imprescindible, poseer la equivalencia a Técnico Superior de Formación Profesional, como integrante de la Escala de Suboficiales.
En archivo adjunto, se introduce la información completa disponible a fecha 16 de marzo de 2017, en relación a los requisitos de obtención de la equivalencia a Técnico Superior, cuyo trámite habrá de ser obligatorio a través de la Administración Electrónica, así como su vinculación con el proceso de promoción interna.
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