Domingo, 14 de Septiembre de 2025

Actualizada Miércoles, 10 de Septiembre de 2025 a las 09:46:59 horas

Jose Roig | 686

Segunda reunion de las asociaciones catalanas con el Excmo. Sr. General Jefe de la VII Zona.

El Excmo. Sr. General Jefe de la Zona de Cataluña convoca una nueva reunión con las asociaciones de la Guardia Civil.

Durante la mañana del día 14 del actual, previa convocatoria, se volvieron a reunir las asociaciones (UOGC, ASESGC, AEGC, UGC y AUGC), con el Excmo. Sr. Gozalo, Jefe de la VII Zona de la Guardia Civil de Cataluña.

En la mañana del día 14 de noviembre de 2016, previa convocatoria del Excmo. Sr. General, Jefe de la 7ª Zona de la Guardia Civil de Cataluña; se reunieron las diferentes asociaciones profesionales representativas de la Guardia Civil, en la sede de la Zona de Cataluña, en Barcelona. El General Gozalo estuvo acompañado del Coronel Jefe de la Plana Mayor. Tras las formales presentaciones y cumplido ya el trámite de la primera toma de contacto que ordenara así la Instrucción número 1/2015 de la DGGC que regula el régimen de los representantes, el General trató todos y cada uno de los temas que figuraban en la correspondiente Orden del Día, para a continuación ceder la palabra a los representantes, en el apartado de ruego y preguntas:

Los Suboficiales tomaron la palabra para exponer las inquietudes existentes en el seno de la escala que representan en general a  los Suboficiales afiliados en la Comunidad catalana; las cuales sorprendentemente no habían sido incluidas citada Orden del Día; quedando en un segundo plano para el turno de ruego y preguntas temas tan importantes como el reconocimiento por escalas, por la condición de mandos intermedios que ostenta los suboficiales, así como de la responsabilidad en el ejercicio del mando amparado en artículo 17.2 de la Ley de personal 29/2014 y en la Orden General 9/2012 de Mando y Disciplina, que dice textualmente:

“Los miembros de la escala de suboficiales constituyen el eslabón fundamental de la estructura orgánica de la Guardia Civil. Desarrollan acciones ejecutivas, y las directivas que les correspondan a su nivel, ejerciendo el mando y la iniciativa adecuados al mismo, impulsando el cumplimiento de las órdenes e instrucciones recibidas y efectuando el control y la supervisión de las tareas encomendadas en la realización de las funciones recogidas…”

               Con motivo de reclamar ASESGC su independencia como MANDOS y DIRECTORES (otorgado por la vigente Ley de personal), así como el realizar los ejercicios de “PATIO y TIRO” únicamente con suboficiales, fue bastante criticada por el resto de asociaciones, alegando que no entendían esta diferenciación;  momento en que el Excmo. Sr. General mostró su total apoyo a dichas reivindicaciones, reconociendo que efectivamente se nos tenía que conceder esa diferenciación, ya que pertenecíamos a otra Escala, la de Suboficiales  y se nos tenía que respetar.

Siguiendo la línea de responsabilidad de ASESGC, se trató de soslayo, ya que eran cerca de las 14:00 horas y los compañeros debían volver a sus unidades, siendo que, en la orden del día no tuvo cabida, desconociendo los motivos por los cuales no fueron incluidos, un tema importante para consolidar la figura del Suboficial con funciones directivas. En este punto, para ilustrar, merece citarse el artículo 38 del RD 1250/2001 por el que se aprueba el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

“En ausencia del titular de un destino o cargo, le sucederá en el mando, con carácter interino o accidental, el guardia civil de mayor empleo que le esté subordinado; a igualdad de empleo, sucederá el de mayor antigüedad; entre los que tuvieran la misma, el que antes hubiera ingresado en el servicio, y de persistir la igualdad, el de mayor edad. Cuando así se disponga, será condición necesaria para suceder en el mando la posesión de una aptitud o especialidad determinada, o la pertenencia a una Escala.”

Toda vez que la propia norma establece la sucesión natural del mando, en sentido vertical, descendente y por miembros de la misma unidad, quedando definido el concepto de unidad en el artículo 3 de la Orden General 9/2012  Del mando, disciplina y régimen interior de las Unidades. La correcta interpretación de la norma jurídica aplicable pasa por la observación del principio de jerarquía normativa del artículo 9.3  de nuestra Carta Magna, significando que a tenor de los dispuesto en el artículo 38 del citado RD y su ulterior desarrollo en la Orden General 9/2012 Del mando, disciplina y régimen interior de las Unidades, donde en su artículo 10, apartado segundo, establece

“El mando interino o accidental, según las circunstancias, corresponderá al

subordinado directo del mando a suceder que ostente el mayor empleo. En caso de

igualdad en el empleo, sucederá el de mayor antigüedad; entre los que tuvieren la misma,

el que antes hubiera ingresado en el servicio, y de persistir la igualdad, el de mayor edad”

Es por ello, que el sucesor natural del oficial ante su ausencia, será el Suboficial más caracterizado, no nombrando a otro oficial de otra compañía o unidad similar para que le sustituya. Exponiendo el Sr. Gozalo, que existe una norma de la Dirección General de la Guardia Civil, que le da facultades al Mando para que nombre el sustituto que considere más idóneo y a ser posible del mismo empleo del ausente.

Siguiendo con la línea argumentativa, basada simple y llanamente en la norma, nos remitimos a la OG /2016, anexo 1-apartado G, sobre el desarrollo de los libros de organización de las Unidades para Determinar las Áreas funcionales en las que se dividen las Unidades, ya que como establece la propia norma, se han de crear dichas áreas, pero que en la actualidad  existen Unidades de las Comandancias de la VII Zona que no las han creado todavía.

Otro tema importante fue los chalecos antibala, siendo que quedó claro que, hoy por hoy, no hay uno para cada componente, que sería lo ideal, por lo que por lo menos sería conveniente conseguir dos fundas para cada Guardia Civil, que serían utilizadas con los chalecos adjudicados a cada Unidad. También aseguró que llegarían 200 chalecos femeninos a la Zona de Cataluña.

También se solicitó la posibilidad de compensar en las Unidades de Investigación, a las que no se les adjudica en los últimos años uniforme de servicio y tampoco más puntos para poder adquirirlos, con dinero para poder comprar ropa de paisano, que es la que más se utiliza en dichas Unidades. 

Es de destacar que en la mayoría de los temas que se le expusieron el Excmo. Sr. General alegaba que él no era competente para solucionarlo o tomar alguna decisión en el sentido que se le solicitaba, que se hiciera a sus Jefes Naturales, que serían los que tendrían que tomar las decisiones sobre las quejas; contestándole que nosotros lo que hacíamos era poner en su conocimiento, como Jefe de Cataluña, las inquietudes de sus subordinados, que era nuestro cometido.

La reunión finalizó, sobre las 14: 00 horas,  agradeciendo el Excmo. Sr. General la presencia de los delegados presentes, despidiéndose de cada uno de ellos.

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