Martes, 09 de Septiembre de 2025

Actualizada Martes, 09 de Septiembre de 2025 a las 14:00:08 horas

Redacción | 1461

Otra discriminación, los mandos tendrán una retribución menor que el resto de los guardias civiles cuando se modifiquen sus descansos semanales

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El grupo de trabajo de la Orden General de Productividad fue informado en la última reunión de algunas modificaciones que se avecinan en el nuevo borrador que se pondrá a disposición de las asociaciones profesionales representativas el próximo día 18 de julio al mismo tiempo que el nuevo borrador sobre jornada y horario de servicio, cuya modificación corre paralela a la norma sobre incentivos al rendimiento.

 

La novedad más destacada de la norma es la separación en la fórmula de cálculo del ICRES (Índice Cualificado para la Retribución de Sobreesfuerzos) del cómputo por la modificación de servicios nombrados y descansos semanales. Ahora, pasarán a integran un nuevo concepto, el ICREM (Índice Cualificado para la Retribución de Modificaciones). Por tanto, de esa formula para el cálculo del ICRES se extraen las modificaciones de los descansos semanales, que computarán a 0,75 y la modificación de los servicios nombrados que computarán a 0,50. La Dirección General pretende separar la retribución de los descansos semanales programados por órganos superiores (los de los mandos territoriales) atribuyéndoles menos valor, dejándolos en 0,50 mientras que la modificación de los descansos semanales del resto de los guardias civiles computarán a razón de 0,75.

 

Esta separación obedece a la necesidad de retribuir estas modificaciones de servicios y descansos semanales que es una consecuencia obligada del artículo 28 de la Ley Orgánica 11/2007. Hasta esta modificación, para los mandos y unidades de investigación se situaba la retribución del ICRES, que aglutinaba todos los conceptos, a partir del nivel 44 y la retribución era de 4€, un nivel inalcanzable con una retribución ridícula con un único efecto testimonial y de cobertura frente al mandato legal.

 

ASES se opone rotundamente a esta medida discriminatoria para los mandos que les coloca en un nivel retributivo inferior cuando se les modifican sus descansos semanales ya que carece de toda justificación objetiva y razonable.

 

Igualmente, ASES quiere poner de manifiesto que la exclusión de los índices correctores al personal que ejerce mando, de investigación y de las unidades operativas singulares es totalmente discriminatoria y no aprobará la norma en el Consejo, amén de recurrirla en todas las instancias judiciales.

 

En ambos casos, se discrimina gravemente al personal que ejerce funciones de mando en materia de descanso sin que este trato diferente tenga una causa razonable, ni siquiera una causa.

 

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