Un juzgado permite seguir en la Guardia Civil a un agente condenado a 8 años por narcotráfico
Una sentencia del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid permitirá seguir en la Guardia Civil a un agente que había
sido expulsado del cuerpo en 2011 después de que en septiembre de 2010 hubiera
sido condenado por la Audiencia Provincial de Pontevedra a 10 años y 9 meses de
prisión por narcotráfico, una pena que posteriormente el Tribunal Supremo
rebajó a ocho años de prisión.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Madrid admitió el recurso interpuesto por el agente Javier Ferreiro Vázquez contra la decisión que tomó la Dirección General de la Guardia Civil de noviembre de 2011 en la que se ordenaba la pérdida de la condición de guardia civil como consecuencia de la ya citada sentencia condenatoria por narcotráfico.
El primer fallo de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra consideró probado que Javier Ferreiro Vázquez, natural de León pero destinado en el País Vasco, se trasladó desde Euskadi a Pontevedra en abril de 2007 para adquirir cinco kilos de cocaína a un grupo arousano dedicado al tráfico de drogas, en un intercambio que se produjo en un hostal de Curro, en la carretera entre Vilagarcía y Pontevedra. Además de los 10 años y los 9 meses de prisión, impuso al acusado una pena de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y 775.000 euros de multa.
No hay inhabilitación
Ferreiro Vázquez acudió al Supremo y obtuvo una rebaja en la pena inicial. El Alto Tribunal ratificaba punto por punto los hechos que consideraba probados la Audiencia Provincial, pero consideraba que la pena a imponer era de 8 años ya que el acusado debía beneficiarse de la reforma en el artículo 368 del Código Penal que rebajaba las penas para los condenados por narcotráfico. Frente a la inhabilitación absoluta que planteaba la Audiencia de Pontevedra, el Supremo se limitó a imponer una pena de inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo.
El agente se agarró a esta cuestión para acudir al ámbito de lo Contencioso y recurrir así la expulsión decretada por la Dirección General de la Guardia Civil y los magistrados le han dado la razón pese a la oposición de la Abogacía del Estado. Recuerda el TSJ que la legislación "establece como causa de pérdida de la condición de guardia civil, entre otras, la pena principal o accesoria de empleo, de inhabilitación absoluta o de inhabilitación especial para empleo o cargo público", pero que "lo cierto" es que a Ferreiro Vázquez "no se le condenó a ninguna de las dos penas accesorias mencionadas, sino a la inhabilitación especial para ejercicio del derecho del sufragio activo, que no es causa de la pérdida de la condición de guardia civil", por lo que se anula la decisión de la Dirección General de la Guardia Civil. Javier Ferreiro, que debe encontrarse actualmente cumpliendo la condena de prisión, podría reincorporarse a su puesto en cuanto abandonase la cárcel.
En aquella operación antidroga de la Policía Nacional también fueron detenidos un funcionario de la Diputación Provincial de Pontevedra vecino de Ribadumia y un soldado de la Armada destinado en Ferrol que reconocieron los hechos que le vendieron la droga a Ferreiro.
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