RDL 20/2012
La Defensora del Pueblo avala la postura de ASES de no suprimir la totalidad de la paga extra de Navidad de 2012
Recomienda a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas que no se aplique la supresión de la paga extra de Navidad a la cuantía devengada de la misma
Como por todos es conocido ya, en fecha 14 de julio del 2012, se ha publicado en el BOE número 168, el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que entre otras medidas, incorpora la eliminación, entre otros, a los Funcionarios del Cuerpo de la Guardia Civil y de las FAS, de su paga extraordinaria de diciembre. Como quiera que Gabinete Jurídico Suárez-Valdés y ASESGC consideran dicha medida, confiscatoria, por cuanto supone la detracción de una parte de dicha paga de navidad, que a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, ya se había devengado (las pagas extras constituyen una retribución diferida que se devenga pro días trabajados), es por lo que nuestro despacho inició con carácter inmediato en el mes de julio, una reclamación tendente a la solicitud del abono del 25% de dicha paga, que habría comenzado a devengarse el día uno de junio y a la regularización de las retenciones practicadas en concepto de IRPF (se adjunta con el presente correo).
Mas de 10.000 agentes de la Guardia Civil han cursado nuestras instancias, pese a que desde algunas asociaciones, que pretenden resultar mayoritarias pese a su inacción manifiesta, se tildó la acción como descabellada y oportunista. La Dirección General del Cuerpo, pese a estimar la cuestión relativa a la regularización de las retenciones del IRPF contenida en nuestras instancias, ha venido rechazando la solicitud del abono del 25% de la paga extra de Navidad, mediante resoluciones que remiten a un recurso de alzada, que resulta de obligada tramitación para acudir a contencioso y que igualmente ha sido tramitado por miles de compañeros. De forma paralela se elevaron solicitudes a la Defensora del Pueblo solicitando que se pronunciase sobre la legalidad de la pretensión confiscatoria del Gobierno.
Ahora, la Defensora del Pueblo nos ha dado la razón en su informe de 15/10/2012, en el que, recogiendo el criterio de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, se recomienda a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas que no se aplique la supresión de la paga extra de Navidad a la cuantía devengada de la misma, al momento de publicación del Real Decreto-Ley 20/2012 (se adjunta con el presente correo).
Este hecho, no hace sino confirmar nuestra convicción sobre la viabilidad de la acción que ya hemos iniciado y animarnos a llevarla hasta la última vía judicial, elevando, si fuera preciso, cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, no reparándose en medios para la mejor defensa de nuestros afiliados y simpatizantes.
Como de costumbre, se informa a todos los afiliados que, el procedimiento de reclamación de la parte proporcional de su paga extra de Navidad, tendrá para los mismos un coste de abogados y procuradores de 0 €.
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