Viernes, 12 de Septiembre de 2025

Actualizada Miércoles, 10 de Septiembre de 2025 a las 09:46:59 horas

Redacción | 820

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta una enmienda para la reforma del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil

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Las modificaciones que el Ministerio del Interior quería realizar del régimen disciplinario de la Guardia Civil en el mes de mayo, incluyéndolas en una disposición final del proyecto de Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, no tuvieron cabida finalmente en el texto que el Ministerio de Defensa envió al Congreso de los Diputados para iniciar su tramitación parlamentaria.

El Consejo de Estado consideró en mayo de 2013, en su dictamen, que el precepto sobre la responsabilidad colectiva de los órganos de gobierno de las asociaciones profesionales "no resulta admisible, porque convierte a los sujetos activos de la conducta que tipifica en responsables de hechos a terceros". "Los miembros de los órganos de las asociaciones profesionales de guardias civiles -señalaba el Consejo de Estado- podrán y deberán responder de los acuerdos que tales órganos adopten, pero no de los actos y omisiones que otros cometan, aunque sea en pretendida ejecución de tales acuerdos, pues en nuestro ordenamiento jurídico la responsabilidad penal y disciplinaria es siempre personal".

La única manera de que esas modificaciones pudieran incluirse, finalmente, en el nuevo régimen disciplinario de los militares, sería a través de una enmienda parlamentaria. Es decir, sólo cabría la posibilidad de que alguno de los grupos parlamentarios propusiese la inclusión de los cambios disciplinarios que Interior quería realizar, aprovechando la tramitación de la nueva normativa de las Fuerzas Armadas.

Pues bien, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso ha hecho uso de su poder de enmienda y ha propuesto una al articulado del Proyecto de Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas (121/000047).

 

Se trata de volver a las modificaciones anteriores que fueron frustradas por el dictamen del Consejo de Estado pero modificando la que se refiere a los acuerdos adoptados por las juntas directivas u órganos de representación de las asociaciones profesionales de guardias civiles que era el principal escollo que puso el Consejo de Estado.

 

Se sanciona organizar, participar o asistir a reuniones o manifestaciones de carácter político, sindical o reivindicativo haciendo uso de la condición de guardia civil, portando armas o vistiendo el uniforme. Igualmente se sancionan las manifestaciones públicas a favor de sindicatos o partidos políticos.

 

Se sigue adelante con la modificación del Artículo 50 de la LO 12/2007 que impedía de facto a los suboficiales ejercer la potestad disciplinaria sobre faltas leves ya que remitía a un oficial como mínimo la capacidad de instruir expedientes disciplinarios.

 

 

 

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