Jueves, 18 de Septiembre de 2025

Actualizada Miércoles, 17 de Septiembre de 2025 a las 06:59:59 horas

Redacción | 1760

Un Coronel amedrenta al instructor de un expediente disciplinario y al suboficial que instó el procedimiento, para defender a su hijo

Es correcto que de la figura de dador de un parte se pase "necesariamente" a investigado por hechos que en nada guardan relación con los sustanciados en el curso de un expediente, y que ya fueran resueltos entonces

[Img #2634]Cuando alguien pregunta a un Guardia Civil si ha tenido experiencias en el ámbito disciplinario, la respuesta que se sugiere siempre apunta a ser la misma, positivas o negativas.

Tras la situación que pasaré a exponerles podrán comprobar ustedes mismos la facilidad de invertir el natural resultado, llegándose a situar al Suboficial que corrige un determinado comportamiento, y que a priori apunta típicamente reprobable, como responsable de otro ilícito que curiosamente se perfila de una gravedad extremadamente superior a la reconvenida al subordinado.

Esta situación paradójica, es la frecuente realidad a la que se somete al dador de un Parte Disciplinario, de la Escala de Suboficiales, si éste viene seguido del acuerdo de iniciación del oportuno expediente. Reglamentariamente este expediente es instruido por un Oficial pero, qué ocurre si el subordinado que hemos corregido y que pretendemos sea sancionado tiene un familiar directo, su padre, que a su vez resulta ser Oficial Superior y en servicio activo.

La situación llega a su máxima expresión cuando, haciendo uso del derecho a ser representado por otro guardia civil, el expedientado designa a su padre y éste hace acto de presencia en la dependencia donde se materializa la instrucción, vestido de uniforme, exponiendo al Instructor y al Suboficial dador del parte, tres estrellones en hilera sobre cada una de sus hombreras.

Desde este momento es claramente previsible la reacción del Oficial Instructor, necesariamente de empleo muy inferior al que asiste al expedientado ( pues en otro caso cabe la duda de que se le hubiera permitido asistir de uniforme ). Exacerbado rigor siempre que se dirige al Suboficial; amonestaciones verbales por cualquier nimiez que le sea sugerida por el Coronel al Instructor; denotadas reverencias al Oficial Superior que, por contra, se manifiestan al Suboficial en desprecios y desvalorizaciones; y un largo etcétera.

Semejante estado de cosas, merecen cierta reflexión sobre si debo o no declarar cuantas preguntas me quiera plantear el Instructor. Recuérdese que el emisor de un Parte ha expuesto su parecer circunstanciando unos hechos, y es en este trámite, la ratificación del actor, donde debería confirmarse su validez [ del Parte ], a salvo, claro está, de aclarar alguna cuestión que no fuera del todo entendible. Pues no, se somete al Suboficial a un verdadero interrogatorio, con preguntas claramente capciosas y en muchos casos ajenas por completo al hecho que se sustancia, dilatando la declaración a nada menos que cuatro horas ininterrumpidasy e aquí lo más grave, a la defensa del expedientado encarnada por el Coronel se le autoriza por el Instructor a poner en tela de juicio el devenir profesional del Suboficial desde que ostenta el mando sobre su hijo -al que asiste-, dirigiéndose por el Coronel y directamente una retórica tabla de preguntas al dador del parte hasta dejarlo en una acusada situación de indefensión.

Ante esto, pregunto, alguien ha oído hablar de las coacciones.

No debemos quedarnos quietos. ASES, a través de su servicio jurídico, analizará situaciones de este tipo que de no remediarse por la Superioridad inmediatamente, ya lo sea instando a la abstención del Instructor que apunta hacia cierta incompetencia, o, en su caso, exigiéndosele la objetividad e imparcialidad que deben preconizar su intervención en el expediente en cuestión; estudiará emprender acciones legales a fin de contrarrestar, al menos, el daño moral al que se ve sometido el Suboficial en este trámite.

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